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Elevan a juicio a empresario por ocasionar incendios forestales intencionalmente

Luego de dos años de abierta la causa, el Juzgado de Competencia Múltiple de Villa Cura Brochero -Córdoba- elevó a juicio al empresario y terrateniente Alejandro Becerra por provocar incendios intencionales que afectaron al Parque Nacional Quebrada del Condorito. Se trata de un caso con pocos precedentes.

El 2020 fue un año trágico en lo que respecta a incendios, según el Servicio Nacional para el Manejo del Fuego -SNMF- se quemaron más de 1 millón 151 mil hectáreas de cubierta forestal en todo el país, en ese periodo Córdoba fue la provincia más afectada: con más de 331 mil hectáreas quemadas por las llamas. El SNMF advierte, además, que el 95% de los incendios forestales son provocados por la actividad humana, a menudo motivados por intereses económicos. 

Sin embargo, a pesar de que la mayoría de los incendios tienen su raíz en la acción humana y que este accionar está penado por ley, casi nunca se detienen o juzgan a los autores de las llamas. Y cuando se llevan a cabo operativos policiales, casi siempre se detiene al autor material de los hechos, nunca al autor intelectual. Por eso la elevación a juicio del empresario y terrateniente Alejandro Becerra es tán relevante: porque es de las escasas veces que se juzga al autor intelectual del fuego. 

Alejandro y Francisco Becerra son herederos de dos gigantes estancias erigidas en Pampa de Achala, en las Sierras Cordobesas: la Estancia San Alejo y Paso de las Piedras, que limitan con el Parque Nacional Quebrada del Condorito. Allí desarrollan actividades ganaderas y queman los pastizales para que resurja el pasto para el ganado. 

Entre el año 2015 y el 2019 se registraron 208 incendios en dichas estancias: 170 en Paso de las Piedras y 38 en San Alejo, algunos se descontrolaron e ingresaron al Parque Nacional, perjudicando a la flora y fauna que allí habita.

Nunca, en los más de 200 incendios registrados, los Becerra llamarón a los bomberos. De hecho, las veces que los brigadistas asistían alertados por otros vecinos, el personal de la estancia los recibía con disparos persuasivos, por eso, ahora cada vez que hay humo en estas estancias los bomberos acuden con custodia policial. 

Sergio Acosta tiene 34 años de experiencia como guardaparques y se especializó en la temática de incendios forestales, es intendente del Parque Nacional Iguazú; pero hasta el 2019 era el responsable del Parque Quebrada del Condorito, donde debió lidiar con los Becerra y su fuego. 

En comunicación con Sala de Prensa Ambiental, Acosta señaló que  “los Becerra son quemadores desde tiempos inmemoriales. Provocan incendios para que el ganado tenga mayor pastura y han hecho de eso una práctica habitual. No miden si es la época apropiada o si se trata de la temporada alta de incendios: cuando se les canta, queman. Se jactan de que lo han hecho toda la vida y que a ellos no se les escapan los fuegos, cosa que no es así, podemos dar fe de ello”, afirma.

Por su parte, Germán Jaacks, actual intendente del Parque Nacional, agrega que “en la mayoría de los campos vecinos al Parque Nacional es muy extraordinario que haya una columna de humo, excepto por -estas- 2 estancias en las que hay fuego muy seguido: si calculamos un promedio semanal en los últimos 4 años, hablamos de 1 incendio por semana. Es una bestialidad”.

Incendio iniciado en la Estancia San Alejo. Mayo 2020. /Joaquín Padilla/.

“Para el parque El Condorito -los Becerra- fueron un dolor de cabeza y por eso me ocupé de registrar cada uno de los incendios que generaron desde sus campos hacia la reserva o al parque. Fuimos minuciosos en la toma de datos”, añade Acosta y detalla que “el resto de los propietarios de campos privados en Pampa de Achala no son así. Los Becerra no aceptan las políticas de Parques Nacionales, nos han dicho: …’Ustedes crían pumas en ese pajonal inmundo que no sirve para nada’”.

Por si fuera poco, cuando los bomberos acuden a alguna de las estancias para combatir las llamas, el personal de los Becerra los recibe con disparos persuasivos. “Hubo amenazas, claro. Se escuchaban disparos cuando nos acercábamos”, señaló Ariel Machuca, jefe de Bomberos Voluntarios de Mina Clavero, en comunicación con Sala de Prensa Ambiental.

“Siempre solicitamos escolta policial cuando entramos a esas dos estancias”, agrega Machuca. 

Todos los incendios registrados en estas estancias, a excepción de uno, se observaron en los meses de junio a noviembre, coincidiendo con la temporada de riesgo extremo de incendios. “Esto no es un dato menor porque advertimos que hay un evidente y total desinterés por el riesgo creado”, señala el abogado Marín Cascone, que asistió a Acosta en reiteradas ocasiones. 

El incendio por el que se juzga a Alejandro Becerra se desató en mayo del 2020, según el expediente, él le habría ordenado a dos peones rurales que inicien tres focos ígneos en una de las estancias, con el fin de que rebroten los pastizales para que el ganado paste. 

La orden de Becerra fue emitida poco después de que las autoridades provinciales declararan un “alto” riesgo de incendios forestales por la sequedad del ambiente, sumado a un clima caluroso y ventoso. Estas condiciones propiciaron que el fuego se descontrole e ingrese al Parque Nacional, incinerando unas 122 hectáreas. 

Operativo de combate al fuego montado en Pampa de Achala. Mayo 2020. /Pablo Paredes/.

En esa ocasión Becerra y sus peones fueron detenidos; pero recuperaron la libertad luego de la declaración indagatoria, Alejando tuvo que pagar una fianza para ser liberado, aunque no trascendió el monto abonado. 

Posteriormente, en julio de aquel año, la fiscalía de Cura Brochero solicitó la elevación a juicio de los imputados. Y luego de muchos ‘tira y afloja’, la semana pasada el Juzgado rechazó la oposición a la elevación a juicio de Alejandro Becerra, confirmando la ‘celebración’ del juicio. 

El Juez José Maria Estigarribia asegura que existen pruebas suficientes para sostener la acusación en su contra como posible autor del delito.  Agregó que para el acusado resulta “un hábito la quema de pajonales viejos y altos para hacer crecer nueva pastura para alimento de sus animales, sin tomar los mínimos resguardos para evitar daños y con absoluto menosprecio de las consecuencias perjudiciales que con ello ocasionaba a los bienes y las personas en general y al medioambiente en particular”.

Por su parte, el Magistrado resaltó el daño patrimonial que el incendio le provocó a la provincia de Córdoba, ya que por los días en los que duraron las tareas de combate al fuego el estado debió desembolsar unos 1.7 millones de pesos.

Lamentablemente, el código penal argentino no prevé cárcel para este tipo de delitos, las penas van desde apercibimientos, multas o pérdidas de concesiones, los ilícitos incendiarios solo pueden ser penados con cárcel si el fuego dañó una vivienda u ocasionó lesiones a personas. 

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