“El grave daño y la destrucción masiva de los ecosistemas cometido durante décadas y sin una ley que los sancione, es una de las causas de la actual crisis ambiental y climática, así como del colapso de la biodiversidad”.
Cada año perdemos millones de hectáreas de bosques y selvas, desaparecen decenas de especies, alteramos los equilibrios ecosistémicos, hídricos y climáticos, esparcimos millones de toneladas de residuos e inclusive calentamos el planeta. Estas son solo algunas de las innumerables consecuencias de las irresponsables actividades humanas.
Si bien todos tenemos una mínima responsabilidad en la actual crisis ambiental, hay individuos o ‘sociedades’ que desarrollan estas prácticas perjudiciales deliberadamente con el único objetivo de obtener un rédito económico o beneficio personal.
La depredación, contaminación y alteración de una gran parte del ambiente es catalogada como ‘ecocidio’, especialmente si es intencional o irreversible.
Miles de empresas -y sus ejecutivos-, en complicidad con políticos y funcionarios corruptos, desarrollan prácticas ‘ecocidas’ con el único objetivo de obtener un mayor rédito económico o beneficio personal. Este tipo de prácticas benefician a pocos y perjudican a miles de millones.
Mientras, los estados hacen la ‘vista gorda’ por estar corrompidos por estas empresas o por priorizar “el ingreso de divisas”.
Un ejemplo de impunidad:
En mayo del 2020 Alejandro Becerra, un empresario y terrateniente cordobés, le ordenó a dos peones rurales que trabajaban para él que inicien tres focos ígneos en una de sus estancias en Pampa de Achala, el objetivo de prender fuego era que los pastos rebroten con fuerza para que el ganado paste.
La orden del empresario fue emitida poco después de que las autoridades declararan un “alto” riesgo de incendios forestales por la sequedad del ambiente, sumado a un clima caluroso y ventoso. Estas condiciones propiciaron que el fuego se descontrole e ingrese al Parque Nacional Quebrada del Condorito, calcinando unas 122 hectáreas. Según el expediente de la causa penal.
Actualmente, el empresario se enfrenta a un juicio por este caso (es una de las pocas veces que se juzga al autor intelectual de un incendio forestal), sin embargo, aunque la justicia determine qué Becerra es culpable del delito por el cual es acusado ¡no irá a la cárcel!, ya que el Código Penal argentino no prevé prisión para este tipo de delitos, las penas van desde apercibimientos a pérdidas de concesiones.
Incluir al ecocidio en el Código Penal:
Este tipo de acciones, perjudiciales para muchos y beneficiosas para pocos, se replican a lo largo y ancho de toda la república, en la mayoría de los casos con total impunidad.
Para terminar con estas prácticas impunes, la Asociación de Investigadores de Derecho Penal Ambiental y Climático -AIDPAC-, fundada por Dino Bellorio Clabot, decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de Belgrano, y liderada por el profesor de dicha facultad, Miguel Ángel Asturias, proponen incorporar al ecocidio en el Código Penal de la Nación.

La propuesta se enmarca en el reclamo internacional “Stop Ecocidio”, una agrupación mundial de expertos en derecho penal y constitucional que propone incluir en el Estatuto de Roma al ecocidio como el quinto delito de competencia de la Corte Penal Internacional.
En la “Propuesta para incorporar el delito de ecocidio en el Código Penal de la Nación” Asturias resalta que varios países están incluyendo esta figura para proteger el ambiente: Francia, Vietnam, Rusia, Kazajstán, Kirguistán, Tayikistán, Georgia, Bielorrusia, Ucrania y Moldavia incluyeron al ecocidio como un delito penal.
Además, el parlamento europeo resaltó la necesidad de “legislar en las normas internas el ecocidio”, y países como España y Bélgica están trabajando en ello. En América, algunos estados de México, como Jalisco, ya lo hicieron y hay propuestas para incorporarlo en el Código Penal Mexicano. Asimismo, en Chile, Brasil y Ecuador hay propuestas similares.
En concreto, la propuesta sugiere penar con prisión de 3 años y medio a 10 años de prisión a quien cometa cualquier acto ilícito o arbitrario que pueda causar un daño grave, intenso o duradero al ambiente, y de 8 a 20 años si dicho daño tiene lugar. También multas económicas.
Las penas se agravarían si un funcionario público está implicado en el delito o si existe una conexión con el crimen organizado; si el delito se comete en una zona protegida; si resulta en la muerte o lesiones graves de personas, entre otras consideraciones.
Finalmente, si en el delito interviene o se beneficia una persona jurídica (empresa) se impone una multa mayor al daño causado y la obligación de ‘reparar’ el ambiente perjudicado; se suspendería total o parcialmente las actividades o la participación en concursos y licitaciones estatales, se cancelaría la personería, entre otras.
En la propuesta, la AIDPAC invita a todos los actores sociales que apoyen esta propuesta para que se convierta en un anteproyecto de la reforma del Código Penal, a fin de que el delito de ecocidio cubra un vasto vacío legal.
“Nuestra propuesta será publicada y se abrirá al debate ciudadano, académico y de los operadores judiciales, para lograr un consenso y mejorar la propuesta de ser necesario, a fin de que tome la fuerza necesaria para ser legislada”.
“La incorporación del ecocidio como crimen no es la única solución para combatir los delitos ambientales, pero sin dudas es la piedra angular para proteger la vida en nuestro planeta”, resaltan los autores.
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