Mendoza: multas de $1.200.000 por incendios forestales intencionales

Las llamas fueron detectadas en un operativo en la zona sur de la provincia, en los departamentos de General Alvear y San Rafael.

Imagen ilustrativa /Los Andes/

La Secretaria de Ambiente y Ordenamiento Territorial, aplico sanciones de $1.200.000 por incendios forestales. Las multas fueron realizadas a 7 personas que infringieron la Ley Provincial Nº  6.099 de prevención y lucha contra incendios en zonas rurales.

Durante el operativo, se detectaron incendios intencionales para la limpieza de campos e irregularidades en las picadas contrafuego perimetrales.

“No tendremos tolerancia con quienes no respeten la Ley y pongan en riesgo la vida de las personas como el Ambiente. Venimos impulsando una fuerte campaña de prevención de incendios y necesitamos que todos los mendocinos nos acompañen, ya que es un hecho que podemos evitar haciendo prevención y respetando las normativas vigentes”, expresó el secretario de Ambiente y Ordenamiento Territorial, Humberto Mingorance.

Por su parte, el director de Recursos Naturales Renovables, Sebastián Melchor, expresó: “La Dirección de Recursos Naturales Renovables es la que gradúa la multa a aplicarse teniendo en cuenta la gravedad de la infracción, las consecuencias que haya causado al ambiente o a la propiedad de terceros, los peligros y daños potenciales a la seguridad física de otras personas, los antecedentes de infracciones ya cometidos y toda otra circunstancia relevante para la aplicación”.

La legislación provincial que pena las acciones incendiarias –Ley Nº 6.099- establece multas entre $7.700 y $47.500 o arresto de 8 a 50 días para aquellos que, “sin causar un incendio, encendieran fuego en zona urbana o rural en los caminos y en zonas de esparcimiento (públicas o privadas), en calles, acequias, puentes, banquinas o basurales, sea quemando hojas, ramas, madera, basura o cualquier otro material susceptible de ser incinerado, sin observar las precauciones necesarias para evitar su propagación”.

El código penal establece entre 3 y 20 años de prisión dependiendo de los daños ocasionados por los incendios.

En Mendoza está totalmente prohibido el uso de fuego para la quema de pastizales, de basura acumulada, la limpieza de lotes, la quema de fincas abandonadas, la preparación de suelos para cultivos, la limpieza de banquinas, acequias y canales, las quemas clandestinas de campos incultos y quema de remanentes de siembra.

Fuente:

Los Andes

Por: Maico Martini

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