Hace unas semanas EcoPress advirtió sobre la dificultad para acceder a la información pública en la Secretaría de Ambiente de la Provincia, ya que activistas y estudiantes señalaron tener problemas respecto al acceso a la información pública ambiental, tanto por los plazos como por las formas. Luego de publicada dicha nota, una de las estudiantes indicó que, luego de varios meses, obtuvo el N° de expediente de su solicitud y pudo acceder a la información requerida.
Ante esta publicación, la Directora de la Coordinación General de la Secretaría de Ambiente, Ma. Eugenia Perez Cubero, solicitó el derecho de réplica para defender la actuación del organismo y su nombre. En respuesta, EcoPress ha abierto el espacio para la réplica solicitada –esperado que en el futuro los medios dependientes al gobierno provincial hagan lo mismo cuando eventualmente se les requiera-, el descargo se adjunta a continuación:
“Por compromiso con mis mentores, mis formadores, las redes de trabajo que hemos
construido, los grupos de investigación nacional e internacional de los que formo parte, por mi
compromiso con colegas, estudiantes, así como con el equipo de trabajo que me acompañó a
la Secretaría desde un perfil técnico y con cada uno de aquellos con quienes he transitado un
camino de fortalecimiento del derecho ambiental, es que siento la necesidad de aclarar que un
aspecto central del derecho de acceso a la información, piedra fundamental del Acuerdo de
Escazú, es la protección contra la información disfuncional.
En este sentido, el 14 de octubre 2024, mientras estábamos en una Jornada histórica dando
cierre a una Capacitación Docente sobre Pedagogía de la Educación Ambiental, en el Teatro del
Instituto de Formación Docente Continua de Villa Mercedes, viendo la implementación de 40
proyectos institucionales generadores de ecociudadanías en establecimientos educativos de
toda la provincia destacando la participación de 4 circuitos generativos rurales; se publicaba una nota en un medio digital denominado EcoPress (https://ecopresssl.com/2024/10/14/el-
opaco-polarizado-de-la-secretaria-de-ambiente/) con informaciones inexactas, generalizaciones apresuradas y referencias directas a mi persona, es por ello que he tenido la
necesidad de generar el presente derecho de réplica.
Informaciones inexactas debido a que desde la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo
Sustentable se ha diseñado un procedimiento administrativo para canalizar las solicitudes de
acceso a la información, puesto en marcha en el mes de agosto de 2024, avanzando en la
implementación de los estándares propuestos en el Acuerdo de Escazú, para dar respuesta a la
información requerida, incluso en aquellos casos que la información había sido solicitada por
una doble vía: mail y formulario de la página, la respuesta fue cursada por ambos medios,
comprendiendo que el mail era el sistema anterior. Muy por el contrario de lo que señala la
nota en relación a que se desoyen los pedidos y se obstaculiza el acceso, la Secretaria ha dado
respuesta siempre que se le ha requerido. En el marco del nuevo procedimiento establecido, a
la fecha se han respondido más de trece solicitudes de acceso a la información.
Agregar también, que la Secretaría ha mostrado tener una mirada de apertura directa con la
sociedad y de intercambios con ella, entendiendo a la sociedad civil como un actor clave y a la
participación ciudadana como un mecanismo de diálogo entre la sociedad y el estado para la
generación de políticas públicas ambientales de mejor calidad. Es por ello que desde el
Secretario hasta funcionarios de las diferentes Áreas, receptan pedidos de audiencias y reciben
a aquellos que las han solicitado. Incluso hemos conformado mesas de trabajo con
funcionarios de diferentes Direcciones en aquellos casos que lo ameritan para un abordaje
integral de la problemática. Así ha ocurrido con ONGs, agrupaciones juveniles, actores del
sector privado y en general con la sociedad civil.
Asimismo resulta necesario informar que los pedidos de informes no son receptados por quien
suscribe, sino por cada uno de los responsables de las áreas, que a partir de un análisis
preliminar los funcionarios/as encargados entienden comprometidos.
Informaciones inexactas porque en todos los casos –por protocolo obligatorio– se envía un
correo electrónico al mail declarado en el formulario de solicitud, consignando el número de
expediente mediante el cual tramita el pedido de acceso.
Esa gestión depende de personas físicas encargadas de hacerlo, ya que no contamos con un
Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) tal como lo tiene el Sector Público Nacional,
en cuyo ámbito uno de los módulos es justamente el Generador Electrónico de Documentos
Oficiales (GEDO) que consiste en un medio de creación, registro y archivo de documentos, es
decir que genera automáticamente el número de expediente. Por lo cual no amerita la
comparación tratándose de una falacia de falsa analogía o falsa equivalencia.
Otra falacia de evidencia incompleta. En el párrafo 9 del artículo se señala que en casos donde
se permitió ver alguna documentación, no pudieron llevarse una copia digital. En todos los
casos de pedidos de acceso que fueron canalizados primeramente mediante la vista del
expediente de Evaluación de Impacto Ambiental, accediendo al derecho de tomar
conocimiento y contacto con todo lo actuado, además de la vista se permitió llevar la
documentación tanto en medio electrónico como en pendrive.
En el párrafo 10 la información es inexacta por dos motivos: en primer lugar, porque el pedido
de información solicitado por la Asamblea Trapiche tramitó mediante EXD-0-7290974/24
“Solicitud de Información de Proyecto Minero en Rio Grande” y el mismo fue respondido con
información obrante en la Secretaría siendo que el procedimiento de concesión había sido
otorgado en la gestión anterior, lo que confunde cuando refiere a causas de corrupción en ese
sentido.
En segundo lugar, la información es inexacta debido a que en la Ley de Ministerio (Decreto 2
SGG-2023, Ley V-1120-2024) se asigna la competencia de ejercer la autoridad minera al
Ministerio de Desarrollo Productivo y dentro de las atribuciones propias de la Secretaría de
Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable quedan los procedimientos de Evaluaciones de
Impacto Ambiental de acuerdo a la Ley N° IX-0876-2013 y Decreto N° 7755-MMA-2014. Al ser
consultada la Secretaría al respecto se informo en forma adecuada (EXD-0-7290974/24).
Información inexacta es igual a desinformación e igual a falta de acceso a la información, es
también un modo de negar el Derecho Humano de acceso a la información pública.
Una política pública puede construirse desde diferentes caminos. De manera unilateral el
Gobierno puede dictar medidas y planes de acción elaborados por sus equipos técnicos. Desde
el poder legislativo se pueden sancionar proyectos de ley con instrumentos de política y
gestión. O el estado puede en determinadas temáticas crear esferas de actuación constituidas
conjuntamente con la sociedad. En este último camino viene transitando la Secretaría.
En particular en lo que a la Dirección de Coordinación General – de la que soy titular – refiere
se ha asumido, entre otros desafíos, el desarrollo de una política de educación ambiental
integral que incluye a la sociedad como agente transformador, por ello se han acompañado
diferentes proyectos, y un especial hincapié en estos 10 meses de gestión fue puesto en el
desarrollo y la implementación de la Escuela Ambiental Itinerante, abarcando tres ámbitos: lo
formal, no formal e informal. En este aspecto, la política se enfocó en ser transversal,
territorializada y contextualizada. Desde esa mirada, se desarrollan talleres participativos en
escuelas de nivel primario y secundario, públicas y privadas, visitas guiadas a las Plantas de
Tratamiento de RSU y a las Áreas Naturales Protegidas, capacitación docente ambiental,
eventos de concientización en diferentes localidades, concursos ambientales para la generación de conciencia, una plataforma virtual ambiental que se desarrolló junto a ULP,
capacitaciones a los distintos poderes del estado y niveles de gobierno.
Creemos que la educación ambiental es una herramienta clave para interpretar la información
y generar una participación proactiva necesaria en la construcción de una ciudadanía
consciente, informada, responsable y participativa con el ambiente y el desarrollo sostenible.
Consecuente con lo que afirma el Acuerdo de Escazú en relación al fortalecimiento de
capacidades en cuanto a “promover la educación, la capacitación y la sensibilización en temas
ambientales mediante, entre otros, la inclusión de módulos educativos básicos sobre los derechos de acceso” (Art. 10, Ap. II Inc. d). Así el trabajo de redes juveniles que estamos co-
construyendo junto a embajadores ambientales es uno de los pilares de la tríada de derechosde acceso (información, participación y justicia). El tiempo nos dirá si posicionar la educación
ambiental participativa como una política de estado provincial es una buena decisión…
Dado la falta de información precisa brindada por parte de EcoPress, y la alusión personal a
quien suscribe es que, al margen de la formación académica, lo que quiero rescatar aquí es
que hace aproximadamente 10 años volví a mi ciudad natal de Villa Mercedes, luego de mi
primera etapa de formación y ya habiendo integrado equipos de investigación en la temática
ambiental en la Universidad Nacional de Córdoba desde el año 2012 (en el proyecto sobre
“Implementación de políticas públicas ambientales en la región centro de Argentina. Dos
estudios de caso: bosque nativo y residuos peligrosos” bajo dirección de la Dra. Marta S. Julia),
con el firme compromiso de desarrollar acciones territoriales con impacto socio ambiental.
Desde mi incorporación en la Cátedra de Medio Ambiente y Legislación de los Recursos
Naturales (hoy Derecho Ambiental) de la carrera de Abogacía de la FCEJS-UNSL; pasando por la
creación de la Red de Información y Educación Ambiental (RedIEA) como un espacio
pluridimensional de encuentro y de generación de conciencia ambiental; la posterior
propuesta de creación del Centro de Investigación en Derecho y Política Ambiental (CIDPA)
como una forma de institucionalizar la temática; el asesoramiento para la conformación de la
Comisión de Derecho Ambiental y Derechos de Incidencia Colectiva en el Colegio de Abogados
de Villa Mercedes; decenas de capacitaciones como seminarios, charlas, jornadas, cursos de
grado y posgrado, incluyendo dos Congresos Internacionales sobre Derecho y Política
Ambiental que contaron con el apoyo de CONICET, del Superior Tribunal de Justicia y las tres
Universidades Nacionales de la Provincia, 2 Foros Juveniles por el Derecho a un Ambiente Sano
en conjunto con el IFDC-VM y una Diplomatura en Derecho y Acceso a la Justicia Ambiental
que contó con la participación de los principales referentes nacionales e internacionales de la
temática abordando cada arista y las diferentes ramas del derecho ambiental.
He participado como sociedad civil del proceso de negociaciones del Acuerdo Regional sobre el
Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos
Ambientales en América Latina y el Caribe, más conocido como Acuerdo de Escazú, y en ese
ámbito también ocurrió que representantes de la sociedad civil pasaron a ocupar cargos
públicos, tal como fue en el caso de Costa Rica o de Chile donde las representantes de la
sociedad civil pasaron a detentar cargos en las administraciones de sus Estados y lejos de
generar desconfianza, la lectura fue de conquistas y aliento. Muy distinto a lo que la nota intenta plantear con mi persona con generalizaciones apresuradas incluyendo en un primer
párrafo ideas de corrupción infundadas y terminando la nota con mi nombre propio.
Amén de todo lo anterior, he sido convocada a esta función pública a los de fines de poner en
práctica políticas de estado – que deben ser válidamente atemporales – en materia ambiental,
no por representar o ser parte de un partido político. Por el contrario, he sido convocada por
mi participación en espacios científicos y mi formación disciplinar específica.
Brindar información falaz, es también negar el acceso a la información.
Dra. Ma. Eugenia Perez Cubero”.
Foto de portada: ANSL.
